º. Los empleados del Congreso Nacional que el 30 de septiembre de 1978, tuvieran una asignación básica mensual inferior a la señalada en esta Ley, devengarán la nueva asignación a partir del 1o. de octubre de 1978.
Ley 52 de 1978 →Vigente
Artículo 2
Ley 52 de 1978 · por la cual se determinan la planta de personal para el Congreso Nacional, se fijan sus asignaciones y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.