Para facilitar el movimiento normal de las operaciones del Fondo de Promoción de Exportaciones, el Banco de la República podrá hacer anticipos a buena cuenta de los ingresos a que se refiere el artículo 197 del Decreto Extraordinario 444 de 1967 con la autorización de la Junta Monetaria.
Decreto 2103 de 1972 →Vigente
Artículo 38
Decreto 2103 de 1972 · Por el cual se modifican los estatutos del Fondo de Promoción de Exportaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.