Micelio

Artículo 2

Ley 75 de 1887 · Por la cual se concede un derecho preferente a los dueños de minas situadas en terrenos baldíos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2° . El derecho que por el artículo anterior se concede, no afecta los adquiridos por los cultivadores establecidos en las tierras que hayan de adjudicarse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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