Micelio

Artículo 1

Corresponde Al Ministerio De Agricultura Formular La Política Agropecuaria Del País; Estudiar Los Aspectos Económicos Y Sociales De La Producción, Distribuciones Y Consumo De Los Productos Agropecuarios; Fomentar El Mejoramiento De Los Sistemas Agropecuarios: Racionalizar De Acuerdo Con Las Leyes, El Uso Y Tenencia De La Tierra; Controlar Las Plagas Y Enfermedades De Los Animales Y Las Plantas; Realizar Investigaciones Científicas Y Conocer De Todos Los Negocios Relacionados Con El Desarrollo Agropecuario Del País

Decreto 1425 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Corresponde al Ministerio de Agricultura formular la política agropecuaria del país; estudiar los aspectos económicos y sociales de la producción, distribuciones y consumo de los productos agropecuarios; fomentar el mejoramiento de los sistemas agropecuarios: racionalizar de acuerdo con las leyes, el uso y tenencia de la tierra; controlar las plagas y enfermedades de los animales y las plantas; realizar investigaciones científicas y conocer de todos los negocios relacionados con el desarrollo agropecuario del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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