Micelio

Artículo 29

El Comité Técnico Tiene Como Función Asesorar A La Dirección Superior En Los Asuntos Que Se Sometan A Su Consideración, Para Establecer La Unidad De Criterio Y La Coherencia Operativa, Y Está Constituida Por: A) El Secretario General, Quien Lo Presidirá; B) Los Jefes De Las Direcciones Del Ministerio; C) Los Jefes De Las Oficinas Del Ministerio, Y D) Los Jefes De Las Divisiones De Asistencia Técnica Y Administrativa Dependientes De La Secretaría De Salud

Decreto 121 de 1976 · Por el cual se revisa la Organización Administrativa del Ministerio de Salud Pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Comité Técnico tiene como función asesorar a la Dirección Superior en los asuntos que se sometan a su consideración, para establecer la unidad de criterio y la coherencia operativa, y está constituida por

a)

El Secretario General, quien lo presidirá;

b)

Los Jefes de las Direcciones del Ministerio;

c)

Los Jefes de las Oficinas del Ministerio, y

d)

Los Jefes de las Divisiones de Asistencia Técnica y Administrativa dependientes de la Secretaría de Salud.

Parágrafo

El Secretario General puede determinar, de acuerdo con la naturaleza de los temas a tratar, la participación de otros funcionarios y de representantes de otros organismos y entidades del Sistema Nacional de Salud que estime conveniente. • 3. De los Comités Asesores de Direcciones y Oficinas:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 121 de 1976