° La comisión se conferirá por medio de resolución expedida para el Director Nacional por el Ministro de Justicia para los Directores seccionales y el Visitador por el Director Nacional; para los choferes, por el Director Nacional o el Seccional, según el caso. En la resolución se señalará el término de la duración de la comisión y la cuantía de los viáticos asignados. En la misma forma se procederá en caso de resolución de reconocimiento por comisión cumplida.
Artículo 7
La Comisión Se Conferirá Por Medio De Resolución Expedida Para El Director Nacional Por El Ministro De Justicia Para Los Directores Seccionales Y El Visitador Por El Director Nacional; Para Los Choferes, Por El Director Nacional O El Seccional, Según El Caso
Decreto 707 de 1976 · Por el cual se reglamenta el pago de viáticos y gastos de transporte a los Directores nacional y seccionales, Visitador y Choferes de Instrucción Criminal, autorizados por los Decretos 2267 de 1969 y 762 de 1970, en sus artículos 22 y 2 respectivamente
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.