Documentos de transporte . Los documentos que soportan la operación de transporte público, incluyendo el manifiesto de carga, la orden de cargue y los demás documentos previstos en la regulación vigente, podrán ser transmitidos y portados en medios digitales.
De no ser posible la exhibición o porte de los documentos en medios digitales, éstos podrán presentarse en medio físico.