Micelio

Artículo 2

Decreto 135 de 1952 · Por el cual se distribuye la partida destinada en el Presupuesto de Gastos de la actual Vigencia, para desarrollar Campañas de Inmunización contra la Tosferina y la Difteria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. La Oficina Central y cinco de las Zonas de que habla el artículo anterior, funcionarán durante la totalidad del año. Tales Zonas corresponden a las que actualmente están establecidas y se encuentran en pleno funcionamiento. De las otras dos Zonas, una funcionará durante siete meses, y la otra durante seis meses. Para ello se tendrán en cuenta los índices de población y morbilidad por difteria y tosferina en las distintas ciudades del país, de conformidad con los estudios adelantados sobre el particular por el Ministerio de Higiene, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto número 2121 de octubre 15 de 1951.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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