Micelio

Artículo 3

Ley 22 de 1903 · por la cual se crea una Provincia y un Circuito de Notaría y registro en el Departamento de Cundinamarca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Corresponde al Gobernador de Cundinamarca promover el cumplimiento de esta Ley, que empezará á regir desde el 1.° de Enero de 1904.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 22 de 1903