Micelio

Artículo 6

Ley 18 de 1969 · Por la cual se provee al funcionamiento del Puerto de Turbo y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sumas destinadas en los artículos anteriores se incluirán en los Presupuestos de las vigencias próximas, hasta su pago total, quedando facultado el Gobierno Nacional para efectuar las apropiaciones y traslados del caso en los Presupuestos de las vigencias próximas, para asegurar el cabal cumplimiento de lo ordenado por esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1969