° A partir de la fecha del presente Decreto, se suprime la División de Economía del Ministerio de Fomento, y se reemplaza por la División de Producción Nacional, que será la dependencia encargada de proyector los programas a largo plazo del Ministerio sobre promoción industrial, y de vigilar la situación de los mercados nacionales, lista División tendrá cinco (5) secciones: la de Inversiones Extranjeras; la de Mercados y Precios; la de Investigaciones Industriales; la de Normas y Calidades, y la de Comercio Exterior. Contará además con las actuales secciones de tarifas de energía eléctrica y control turístico. La División de Producción Nacional estará a cargo de un (1) Director, quien contará con mía asignación mensual de $ 2.500.00. El despacho del Director tendrá una Secretaria Mecanotaquígrafa cuyo sueldo será de $ 600.00.
Artículo 1
A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Se Suprime La División De Economía Del Ministerio De Fomento, Y Se Reemplaza Por La División De Producción Nacional, Que Será La Dependencia Encargada De Proyector Los Programas A Largo Plazo Del Ministerio Sobre Promoción Industrial, Y De Vigilar La Situación De Los Mercados Nacionales, Lista División Tendrá Cinco (5) Secciones: La De Inversiones Extranjeras; La De Mercados Y Precios; La De Investigaciones Industriales; La De Normas Y Calidades, Y La De Comercio Exterior
Decreto 443 de 1960 · Por el cual se reorganizan algunas dependencias del Ministerio de Fomento
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.