Micelio

Artículo 2

Ley 255 de 1996 · por la cual la Nación se asocia a la celebración de los noventa (90) años de la Fundación del Instituto Técnico Central.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En razón a que las instalaciones que ocupa el Instituto Técnico Central han sido declaradas como Monumento Nacional por el valor histórico y arquitectónico que para el país tienen y considerado el natural deterioro que hoy presentan por la falta de inversión en su conservación, se autoriza al Gobierno Nacional para adoptar las medidas que permitan poner en ejecución el proyecto de obra pública denominado: «Restauración y remodelación del edificio zona sur, patio 2, primero y segundo piso, del Instituto Técnico Central-Bogotá».

Proyecto que se identifica bajo el Código BPIN 0020-05271-0000, declarado viable por el Banco de Proyectos del Ministerio de Educación Nacional y cuyo trámite adelanta el Departamento Nacional de Planeación, con proyección para su realización a partir de la vigencia fiscal de 1996. Con tal objeto, se podrán efectuar los traslados o adiciones presupuestales que fueren necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 255 de 1996