Comité de Atención Integral. Será el encargado de diseñar y concertar los lineamientos y herramientas para la implementación de la política pública para la atención integral a las víctimas de la violencia por razones de sexo y género, para una atención, accesible y de calidad, y realizar el seguimiento necesario para asegurar el restablecimiento de sus derechos.
Decreto 1710 de 2020 →Vigente
Artículo 12
Comité De Atención Integral
Decreto 1710 de 2020 · Por el cual se adopta el Mecanismo Articulador para el Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Sexo y Género, de las mujeres, niños, niñas y adolescentes, como estrategia de gestión en salud pública y se dictan disposiciones para su implementación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.