Micelio

Artículo 2

Decreto 2066 de 2001 · por el cual se modifica el Decreto 1949 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Modifíquese el artículo 3° del Decreto 1949 de 2001, el cual quedará así: "La Ministra de Cultura, tiene derecho al reconocimiento y pago de un día y medio (1.5) por concepto de alimentación, alojamiento y transporte local a razón de US$380 diarios y cuatro (4) días por concepto de viáticos complementarios (alimentación y transporte local) a razón de US$228 diarios, para un total de US$1.482, sufragados con cargo al Presupuesto del Ministerio de Cultura, rubro presupuestal 2-02-10 según CDP 501 del 28 de agosto de 2001, expedido por el Grupo de Finanzas de la Secretaría General. Los tiquetes aéreos serán asumidos con cargo al Convenio 655/99, suscrito entre el Ministerio de Cultura y la Secab.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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