Las sanciones disciplinarias que podrán aplicarse a los empleados judiciales son las siguientes
a)
Amonestación escrita, sin anotación en la hoja de vida.
b)
Censura, con anotación en la hoja de vida.
c)
Multa que no exceda de la quinta parte de la remuneración mensual.
d)
Suspensión en el ejercicio del cargo, hasta por treinta días, sin derecho a remuneración.
e)
Destitución.