La Jefatura de la División de Extranjería del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), ordenará con base en el informativo adelantado por la sección de investigaciones de la seccional respectiva, mediante resolución motivada, la expulsión del país de los extranjeros incursos en alguna de las causales establecidas en el artículo anterior o que infringieren en cualquier manera las disposiciones legales sobre la seguridad nacional y el orden jurídico. Contra esta providencia procederán los recursos de reposición y apelación que podrán interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación. La resolución de expulsión tendrá efecto inmediato, y los recursos se concederán en el efecto devolutivo.
Artículo 119
La Jefatura De La División De Extranjería Del Departamento Administrativo De Seguridad (Das), Ordenará Con Base En El Informativo Adelantado Por La Sección De Investigaciones De La Seccional Respectiva, Mediante Resolución Motivada, La Expulsión Del País De Los Extranjeros Incursos En Alguna De Las Causales Establecidas En El Artículo Anterior O Que Infringieren En Cualquier Manera Las Disposiciones Legales Sobre La Seguridad Nacional Y El Orden Jurídico
Decreto 2955 de 1980 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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