° La comisión tendrá el término de un (1) mes, contados a partir del 18 de julio del año en curso, para entregar al Ministerio de Minas el proyecto de Código, debidamente revisado, con su correspondiente exposición de motivos.
Decreto 1565 de 1963 →Vigente
Artículo 3
La Comisión Tendrá El Término De Un (1) Mes, Contados A Partir Del 18 De Julio Del Año En Curso, Para Entregar Al Ministerio De Minas El Proyecto De Código, Debidamente Revisado, Con Su Correspondiente Exposición De Motivos
Decreto 1565 de 1963 · Por el cual se reorganiza la Comisión Revisora del Código de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.