Micelio

Artículo 19

Subgerencia De Planificación E Información

Decreto 4902 de 2007 · por el cual se aprueba la modificación de estructura del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subgerencia de Planificación e Información. Las funciones de la Subgerencia de planificación e Información son las siguientes

1.

Diseñar, desarrollar, implementar, operar y actualizar el Sistema Nacional de Información que integre los proyectos productivos elegidos y los beneficiarios de los subsidios, el Registro Unico de operadores y demás necesidades del Sistema Nacional de Desarrollo Rural.

2.

Dirigir el desarrollo, control y mantenimiento de la plataforma tecnológica para garantizar su oportuna y eficiente utilización.

3.

Diseñar controles y mecanismos tendientes al aseguramiento de la información del sistema nacional de información.

4.

Asesorar, socializar y capacitar a las Direcciones Territoriales en todos los procesos relacionados con información y tecnología.

5.

Apoyar el proceso de asignación de los subsidios a través del sistema nacional de información.

6.

Asesorar a la Gerencia General y a las demás dependencias, en la formulación de políticas, planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la misión institucional.

7.

Definir, en coordinación con las áreas misionales, los criterios técnicos, económicos, sociales y ambientales para la zonificación y focalización de las acciones institucionales.

8.

Liderar, orientar, asesorar y concertar con las distintas dependencias, la formulación de los planes de mediano y largo plazo, los planes estratégicos anuales y los planes operativos anuales en concordancia can el Plan Nacional de Desarrollo y presentarlos a las instancias correspondientes.

9.

Participar en los procesos de concertación de acuerdos y compromisos inter e intrasectoriales, para la coordinación de acciones complementarias a los planes, programas y proyectos de la entidad.

10.

Elaborar y presentar a la gerencia general, informes periódicos de gestión sobre la situación y avance del Sistema Nacional de Información, de la asignación de subsidios y el impacto dentro de la política de desarrollo rural.

11.

Diseñar y aplicar sistemas de vigilancia, seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos adelantados por el Instituto, en coordinación con las dependencias de la entidad.

12.

Definir en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural los mecanismos para la evaluación de impacto.

13.

Diseñar en conjunto con las dependencias indicadores de impacto, eficiencia y producto que permitan la medición de la gestión institucional.

14.

Analizar los requerimientos de inversión y de asignación de subsidios frente a la disponibilidad de recursos señalada por el Gobierno Nacional, evaluando que su distribución esté acorde con la priorización de proyectos y las normas legales vigentes.

15.

Elaborar la programación presupuestal de los recursos de cada convocatoria.

16.

Coordinar la elaboración de la programación presupuestal anual con base en los resultados de la gestión de la vigencia anterior, asistir a las Direcciones Territoriales para que la realicen acorde con los lineamientos planteados y preparar los anteproyectos de presupuesto, en coordinación con la Secretaría General.

17.

Establecer y mantener actualizado el Banco de Proyectos de Inversión de la entidad.

18.

Realizar el seguimiento, control y evaluación de los recursos del Incoder en cuanto a su programación y ejecución, mediante mecanismos encaminados hacia una presupuestación por resultados.

19.

Preparar y tramitar ante las autoridades competentes las modificaciones al presupuesto de la vigencia correspondiente, así como las autorizaciones requeridas para amparar compromisos cuya ejecución comprenda más de una vigencia fiscal.

20.

Identificar y gestionar fuentes alternas de financiamiento, así como formular y participar en la consecución de créditos y programas de cooperación técnica nacional e internacional, que la entidad requiera para el cumplimiento de su misión, en coordinación con las instancias pertinentes.

21.

Las demás funciones que le sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4902 de 2007