Micelio

Artículo 3

De La Subcomisión Técnica

Decreto 3097 de 1997 · por el cual se dictan disposiciones en relación con la Comisión Interinstitucional para la Revisión Integral del Sistema Penal Colombiano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. De la Subcomisión técnica. Créase una subcomisión técnica conformada por dos representantes de cada una de las entidades miembros de la Comisión Interinstitucional, elegidos por el Presidente de la República, de listas que presenten cada una de ellas. Tales representantes no serán funcionarios de las entidades integrantes de la Comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3097 de 1997