° , El texto y gravámenes de las posiciones 10.01.01.00 y 84.38.90.00 del Arancel de Aduanas serán los siguientes: Posición Denominación Gravamen 10.01 Trigo y Morcajo o Tranquillón 01.00 Trigo 01.01 Para la Siembra 0.5 01.99 Los demás . 0.5 84.38 Máquinas y apartaos auxiliares para las máquinas de la posición 84.37 (maquinitas de lizos, mecanismos jacquard, para urdimbres y para tramas, mecanismos de cambio de lanzaderas, etc.); piezas sueltas y accesorios destinados exclusiva o principalmente a las máquinas y aparatos de la presente posición y de las 84.36 y 84.37 (usos, alteas, guarniciones de cardas, peines. barretas, hileras, lanzaderas, lizos y bastidores, agujas, platinas, ganchos, etc.) 90.00 Partes y piezas: 01 Para desmotadoras de algodón .. 02 Para telares rectilíneos de tejidos de punto de uso doméstico .. 20 62 90.03 Agujas .... 30 90.05 Lanzaderas y espadones de madera .... 50 90.09 Otras lanzaderas y espadones excepto en bruto 50 90.99 Las demás . 20
Decreto 2133 de 1974 →Vigente
Artículo 1
, El Texto Y Gravámenes De Las Posiciones 10
Decreto 2133 de 1974 · Por el cual se modifican los gravámenes de las posiciones 10 01.01.00 y 84.38.90.00, la cuota de fomento para las importaciones de trigo y el texto de la Nota Adicional de la Sección xvi del Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.