º. A partir del día primero de septiembre del año en curso, reorganizase la Administración de Correos de Pereira, Departamento de Caldas), con el siguiente personal y asignaciones mensuales: Artículo 579. Para dar cumplimiento a las Leyes 38 y 108 de 1914, sobre enseñanza de la agricultura y provisión de becas $ 30.000 Total $ 30.000
Decreto 1475 de 1915 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del Día Primero De Septiembre Del Año En Curso, Reorganizase La Administración De Correos De Pereira, Departamento De Caldas), Con El Siguiente Personal Y Asignaciones Mensuales: Artículo 579
Decreto 1475 de 1915 · por el cual se reorganiza la Administración de Correos de Pereira (Caldas), y se hace un nombramiento.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.