Decreto 4780 de 2005 · por la cual se ordena castigar de los Estados Financieros del Ministerio de Transporte el valor de dos millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil doscientos setenta y cinco pesos con 10\100 ($2.448.275.10), registrado en la cuenta 1996-Bienes y Derechos en Investigacion Administrativa, por concepto de registros contables de retenes destruidos, provenientes de la subcuenta 192006 Bienes Inmuebles Entregados en Comodatos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Adiciónase el artículo 32 del Decreto 1614 de 2003, con el siguiente
Parágrafo
"
Parágrafo
El cumplimiento de la obligación contenida en el presente artículo se referirá únicamente a los bienes inmuebles no afectos al servicio, y en caso de que al cierre del proceso liquidatorio no se hubiese cumplido en su totalidad, ello estará a cargo del PAR .
Parágrafo
) Artículo 32 DECRETO 1614 de 2003
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.