Micelio

Artículo 5

La Operación Del Proyecto Especial Estará Coordinada Por Un Consejo Técnico Directivo Constituido De La Siguiente Forma: El Ministro De Comunicaciones O Su Delegado, El Director Del Instituto Tecnológico De Electrónica Y Comunicaciones, Itec, El Presidente De Telecom O Su Delegado; El Gerente De La Industria Militar, Indumil O Su Delegado; Un Representante De La Asociación De Entidades Del Sector Electrónico, Asesel Y Un Representante De La Fundación Nueva Colombia Industrial; El Rector De La Universidad Militar O Su Delegado

Decreto 1096 de 1988 · por el cual se declara Proyecto Especial el Centro de Investigaciones y Desarrollo Tecnológico para el Sector Electrónico, CENITEL.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La operación del proyecto especial estará coordinada por un Consejo Técnico Directivo constituido de la siguiente forma: El Ministro de Comunicaciones o su delegado, el Director del Instituto Tecnológico de Electrónica y Comunicaciones, ITEC, el Presidente de Telecom o su delegado; el Gerente de la Industria Militar, INDUMIL o su delegado; un representante de la Asociación de Entidades del Sector Electrónico, ASESEL y un representante de la Fundación Nueva Colombia Industrial; el Rector de la Universidad Militar o su delegado.

Parágrafo

La Secretaría Técnica del Consejo Técnico Directivo estará a cargo de COLCIENCIAS.

Parágrafo

El Consejo Técnico Directivo propondrá la reglamentación del Fondo de que trata el artículo 3° a la Junta Directiva de COLCIENCIAS para su aprobación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1096 de 1988