Defensa y representación del extradido. El individuo reclamado podrá hacerse acompañar de abogado, y hacer valer las pruebas conducentes a su defensa, la que debe consistir en no ser la persona reclamada, en defectos de forma de los documentos presentados y en la ilegalidad de la extradición.
La solicitud de extradición se sustanciará en la Corte Suprema de Justicia, como un incidente, y la primera providencia que se dicte será notificada personalmente al reclamado.