Micelio

Artículo 32

Fases De Implementación

Decreto 602 de 2013 · por el cual se reglamenta el Sistema Único Nacional de Información y Rastreo (SUNIR), establecido por el Parágrafo 4° del artículo 227 de la Ley 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fases de Implementación . La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) diseñará e implementará el Sistema Único Nacional de Información y Rastreo (SUNIR), en fases para uno o más productos (licores, cigarrillos y cervezas) tanto nacionales como importados, teniendo en cuenta las especificidades de cada uno y la complejidad técnica de la tecnología a implementar. El SUNIR se implementará en las siguientes etapas de desarrollo del sistema

1.

Etapa 1 -Obtener Información. En esta etapa el sistema tendrá las siguientes funcionalidades: i) proveer las funcionalidades necesarias que permitan almacenar en línea, en la base de datos SUNIR, toda la información de medición, marcación y conteo; ii) proveer los mecanismos para el intercambio automatizado de información con los sistemas informáticos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de las entidades territoriales y demás entidades públicas y órganos de control; y iii) facilitar el reconocimiento por parte del ciudadano de los productos legales que circulan en el país, permitiéndoles diferenciarlos de los productos ilegales mediante el uso de medios tecnológicos como el celular, internet o realizando la consulta al SUNIR.

2.

Etapa 2 -Gestión y Trazabilidad. En esta etapa el sistema tendrá las siguientes funcionalidades: i) Centralizar la información de la totalidad de los 32 departamentos, el Distrito Capital y de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) bajo estándares comunes de registro, clasificación, interpretación y consolidación de los datos; ii) suministrar en línea la información que permita la identificación y la asociación de cada unidad de producto, con el destino; iii) Generar la información que permita la distribución territorial de los ingresos tributarios por impuesto al consumo; iv) ampliar las funcionalidades, desarrolladas en la Etapa 1. Obtener Información, que faciliten a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y a los Sujetos activos (departamentos y Distrito Capital) las funciones de fiscalización;

3.

Etapa 3 -Inspección y Vigilancia. En esta etapa el sistema tendrá las siguientes funcionalidades: i) Verificar la información contenida en las tornaguías con los productos transportados, permitiendo a las autoridades de control establecer la legalidad de la circulación de los productos en el territorio nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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