Micelio

Artículo 10

Ley 53 de 1921 · Sobre impuesto para los Lazaretos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados públicos nacionales, departamentales o municipales, cuya asignación mensual exceda de treinta pesos ($30), sin pasar de ciento ($100), pagaran una cuota mensual de un centavo ($0.01) oro, los de asignaciones de más de cien pesos ($100) y menos de doscientos ($200), una cuota de tres centavos ($0.03) oro, los de asignaciones de más de doscientos ($200) hasta trescientos($ 300),una cuota de cinco centavos ($0.05) oro, y los demás de trescientos pesos ($300),una cuota de diez centavos ($0.10) oro, esta ultima cuota pagara también los Senadores, Representantes y Diputados a las Asambleas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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