Son funciones de la División Legal
Velar por la unidad doctrinal en lo que se relaciona con la aplicación de las normas tributarias y su interpretación administrativa y jurisdiccional;
Orientar la labor de liquidación de los Impuestos sobre la Renta. Ventas, Sucesorales e Indirectos, de acuerdo con las normas e instrucciones que para tal efecto imparta el Director General;
Resolver, por delegación expresa del Director General y conforme a los procedimientos vigentes, los recursos que ante éste se interpongan y orientar mediante instrucciones, la resolución de aquéllos que se tramiten en otras dependencias;
Rendir los conceptos jurídicos para la tramitación de los asuntos de competencia de la Dirección;
Absolver, de acuerdo con el Director, las consultas que le formulen los funcionarios y los contribuyentes relacionadas con ¡a aplicación e interpretación de las normas tributarias, y
Las demás que le asignen la ley y el Director General. A. De la Sección del Impuesto sobre la Renta y Complementarios.