º Concesión del servicio . La concesión para la prestación del servicio de telefonía móvil celular se hará mediante el procedimiento de la Licitación Pública previsto en el Decreto-ley 222 de 1983 o en las normas que lo modifiquen o adicionen. El Ministerio de Comunicaciones ordenar la apertura de la Licitación Pública tendiente a conceder el servicio de telefonía móvil celular en las Redes Celulares A y B, seis (6) meses después de la fecha de apertura del Registro de Proponentes de que trata el artículo 14 de este Decreto.
Decreto 2824 de 1991 →Vigente
Artículo 5
Concesión Del Servicio
Decreto 2824 de 1991 · por el cual se reglamenta la telefonía móvil celular y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.