Micelio

Artículo 10

Decreto 3451 de 1983 · Por el cual se crea la Corporación Autónoma Regional del Putumayo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las fuentes principales de patrimonio y rentas de la Corporación son las siguientes

a)

Los bienes que le aporten o cedan la Nación, la Intendencia Nacional del Putumayo, los municipios de su jurisdicción y los establecimientos públicos descentralizados y las empresas industriales y comerciales de los niveles nacional, intendencial y municipal;

b)

Las rentas que el Congreso, Consejo Intendencial del Putumayo y los Concejos Municipales de su jurisdicción destinen a ese fin;

c)

Las partidas o aportes que con destino a la x Corporación se fijen o apropien en el Presupuesto g Nacional, Intendencial y municipal de su jurisdicción así como en el presupuesto de las entidades descentralizadas de los tres niveles;

d)

Los recursos especiales que para este fin establezcan las leyes, ordenanzas y acuerdos municipales;

e)

Las sumas recaudadas por concepto del impuesto especial previsto en el artículo 11 de este Decreto;

f)

La participación en las regalías, impuesto o beneficios por la explotación de carbón, hidrocarburos y otros recursos naturales no renovables de que trata el artículo 12 de este Decreto;

g)

Las sumas recaudadas por concepto de la contribución de valorización de que trata el artículo 9º de este Decreto;

h)

Las donaciones, legados y aportes que le hagan entidades oficiales o semioficiales y personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras;

i)

Los derechos o tasas que reciba por la prestación o venta de servicios públicos;

j)

Las sumas que reciba por contratos de prestación de servicios;

k)

El producto de las multas que imponga de acuerdo con las leyes o los estatutos;

l)

Los recursos provenientes del crédito externo o interno;

m)

Los ingresos que obtenga por cualesquiera otros conceptos;

n)

Los demás bienes inmuebles y muebles que tenga al comenzar su funcionamiento y todos los que adquiera a cualquier título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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