Micelio

Artículo 110

A Partir De La Vigencia De Este Decreto Queda Prohibida La Venta De Drogas Y Productos Farmacéuticos Para El Público En Establecimientos Distintos A Los Clasificados En La Presente Reglamentación

Decreto 1950 de 1964 · por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1962, sobre ejercicio de la profesión de Químico-Farmacéutico, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la vigencia de este Decreto queda prohibida la venta de drogas y productos farmacéuticos para el público en establecimientos distintos a los clasificados en la presente reglamentación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1950 de 1964