El funcionario de instrucción deberá practicar todas las investigaciones conducentes al esclarecimiento de la verdad sobre los hechos materia del proceso, especialmente respecto de las siguientes cuestiones:
Si realmente se ha infringido la ley penal;
Quién o quiénes son autores o participes de la infracción;
Los motivos determinantes y los demás factores que influyeron en la violación de la ley penal.
En qué circunstancias de lugar, tiempo y modo se realiza la infracción;
Las condiciones que caracterizan la personalidad del procesado al tiempo del sumario;
La conducta anterior del procesado;
Sus condiciones 'de vida individuad, familiar y social, y
Qué daños y perjuicios de orden moral y material causó la infracción.