Micelio

Artículo 18

Decreto 621 de 1925 · Por el cual se reglamenta la Ley 20 de 1921, sobre Almacenes Generales de Depósito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . La Superintendencia podrá ordenar la liquidación de una empresa de Almacenes Generales de Depósito, cuando se halla, cerciorado por informaciones absolutamente fidedignas de que aquélla no garantías al comercio por la solvencia de la entidad o por las condiciones de seguridad de sus de edificios o bode aras, o porque maneje sus negocios de una manera insegura. En este caso, la Superintendencia procederá en forma análoga a la determinada en la Ley 45 de 1923, para los establecimientos bancarios. La facultad, no podrá llevarse a cabo sin la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo el dictamen favorable del Consejo de Ministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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