Micelio

Artículo 11

Régimen Especial De Recaudo Y Destinación De La Cartera Del Servicio Público De Adecuación De Tierras

Decreto 212 de 2026 · por el cual se adopta el Plan para la Reactivación Urgente, Productiva, Sostenible y Resiliente de sistemas agroalimentarios, cadenas de suministro y el derecho a la alimentación y los medios de vida rurales afectados en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarado mediante Decreto número 0150 de 2026.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Régimen especial de recaudo y destinación de la cartera del Servicio Público de Adecuación de Tierras . El recaudo de la cartera derivada de la prestación del servicio público de adecuación de tierras en los distritos administrados directamente por la ADR, ubicados en la zona declarada en emergencia, ingresarán al Fondo Nacional de Adecuación de Tierras (Fonat), y se destinará exclusivamente a la financiación de las medidas previstas en los artículos anteriores del presente decreto relacionadas con la materia.

Parágrafo

La Agencia de Desarrollo Rural (ADR) expedirá, en un término máximo de diez (10) días calendario contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, el procedimiento especial para el recaudo extraordinario de la cartera correspondiente al servicio público de adecuación de tierras en los distritos de adecuación de tierras públicos ubicados en la zona de influencia declarada en emergencia. Para tal efecto la ADR adelantará todas las actuaciones necesarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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