Micelio

Artículo 22

Decreto 100 de 1984 · Por el cual se crea el Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La vigilancia de la gestión fiscal de SENARC, corresponde a la Contraloría General de la República y, se ejercerá conforme a las Leyes 151 de 1959, 20 de 1975 y demás disposiciones sobre la materia, para lo cual ésta prescribirá los métodos de contabilidad y dictará las reglamentaciones acordes con su índole, que garanticen su autonomía administrativa y hagan fácil y expedito su funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 100 de 1984