Autorízase al Gobierno Nacional para conceder a los productores de bananos de la Zona Bananera del Magdalena ampliaciones de los plazos para el pago de impuestos sobre la renta correspondiente a los años gravables de 1965, 1966, 1967 y 1968, y en consecuencia para exceptuarlos del pago de intereses moratorios respectivos.
Estos beneficios se harán extensivos a los particulares de sucesiones ilíquidas o comunidades y a los socios de sociedades en comandita, limitadas o colectivas productoras de banano, de acuerdo con la reglamentación que al respecto dictará la División de Impuestos Nacionales.