º . Requisitos para ser elector. Para ejercer el derecho al voto en el exterior, los ciudadanos deberán
Presentar la cédula de ciudadanía o el pasaporte vigente.
Inscribirse personalmente en los puestos de votación debidamente registrados en la División Política Vigente (DIVIPOL), previamente habilitados por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Estar en pleno uso de sus derechos políticos, conforme la legislación nacional.
Los ciudadanos colombianos residentes en el exterior se podrán inscribir y votar con la cédula de ciudadanía o con el pasaporte vigente. Para tales efectos, los funcionarios y ciudadanos colombianos que se designen, transcribirán el número de la cédula contenida en el pasaporte y el número de este si fuere diferente. CAPITULO II De la inscripción y conformación del censo electoral en el exterior