Micelio

Artículo 1

Y 2927-Bis De 1954, Artículo 1°

Decreto 2931 de 1956 · Por el cual se autoriza el pago de unos gastos de representación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Durante las vacaciones de fines del presente año y principios de 1957, los Diputados a la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa devengarán los gastos de representación a que hacen referencia los Decretos números 2615 de 1951, artículo 1°.y 2927-bis de 1954, artículo 1°. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2931 de 1956