Deber de colaboración armónica. Es deber de las autoridades de policía, la colaboración armónica y la comunicación directa, orientadas a la implementación de estrategias, planes y programas que permitan mejorar las condiciones de convivencia, en los asuntos que generen mayor afectación en la vida de la comunidad.Parágrafo. Corresponde a los alcaldes diseñar e implementar planes y estrategias para la oportuna y eficiente aplicación y gestión de los asuntos de policía.
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