Micelio

Artículo 2.2.8.18.11.1

Deber De Colaboración Armónica

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deber de colaboración armónica. Es deber de las autoridades de policía, la colaboración armónica y la comunicación directa, orientadas a la implementación de estrategias, planes y programas que permitan mejorar las condiciones de convivencia, en los asuntos que generen mayor afectación en la vida de la comunidad.Parágrafo. Corresponde a los alcaldes diseñar e implementar planes y estrategias para la oportuna y eficiente aplicación y gestión de los asuntos de policía.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015