Micelio

Artículo 1

Los Servicios Médico-Forenses Dependientes De Los Departamentos, Intendencias, Comisarías Y Municipios Establecidos En El País Y Los Que Se Creen En Desarrollo De Disposiciones Legales, Funcionarán De Manera Integrada Con Los Dependientes De La Dirección General De Medicina Legal Del Ministerio De Justicia Que Ejercerá Sobre Las Mismas Funciones De Normatización, Coordinación Y Auditoría Científica, De Acuerdo Con Lo Estipulado Por El Decreto 0055 De 1987

Decreto 1784 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto 0055 de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los servicios médico-forenses dependientes de los departamentos, intendencias, comisarías y municipios establecidos en el país y los que se creen en desarrollo de disposiciones legales, funcionarán de manera integrada con los dependientes de la Dirección General de Medicina Legal del Ministerio de Justicia que ejercerá sobre las mismas funciones de normatización, coordinación y auditoría científica, de acuerdo con lo estipulado por el Decreto 0055 de 1987.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1784 de 1990