Micelio

Artículo 3

El Ministerio Estudiará Cada Solicitud Y Presentará Informe Sobre Ella Al Consejo Nacional De Política Económica

Decreto 262 de 1968 · por el cual se reglamentan los artículos 171 del Decreto 444 de 1967 y 47 del Decreto 1366 del mismo año, en lo referente a la exportación de recursos minerales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ministerio estudiará cada solicitud y presentará informe sobre ella al Consejo Nacional de Política Económica. Este resolverá en definitiva dentro del término de treinta (30) días hábiles , prorrogable hasta por treinta (30) más, cuando la complejidad del proyecto así lo requiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 262 de 1968