Micelio

Artículo 1

Ley 12 de 1869 · Autorizando al Presidente del Estado para conceder privilejio para navegar por vapor el río Carare

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Se autoriza al Presidente del Estado para conceder privilejio esclusivo para navegar por vapores el rio Carare, desde su confluencia con el Magdalena hasta el remolino de " Los Botes " o hasta el puerto de San Fernando, siempre que sea necesario canalizarlo artificialmente.

Parágrafo

Por el privilejio que se conceda no se restrinje de modo alguno el derecho a la navegacion en embarcaciones de otra especie.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 12 de 1869