Las regalías y compensaciones causadas a 31 de diciembre de 2011, así como el ajuste definitivo del cuarto trimestre de 2011, se recaudarán, liquidarán y distribuirán conforme a lo establecido en las Leyes 141 de 1994 y 756 de 2002, en lo pertinente.
Igual regulación se aplicará para las regalías y compensaciones pactadas entre el 1° de enero de 2012 y 31 de diciembre de 2020.