º Enmiéndese por mínimos de productividad el rendimiento físico anual por hectáreas, que de u determinado cultivo, actividad ganadera o forestal, debe obtener un propietario o poseedor en la explotación de su pedio, de acuerdo con las características de sus suelos, el clima los ciclos de producción y las condiciones socio-económicas que le influyen en el desarrollo de la región o subregión donde se encuentre ubicado el inmueble.
Artículo 1
Enmiéndese Por Mínimos De Productividad El Rendimiento Físico Anual Por Hectáreas, Que De U Determinado Cultivo, Actividad Ganadera O Forestal, Debe Obtener Un Propietario O Poseedor En La Explotación De Su Pedio, De Acuerdo Con Las Características De Sus Suelos, El Clima Los Ciclos De Producción Y Las Condiciones Socio-Económicas Que Le Influyen En El Desarrollo De La Región O Subregión Donde Se Encuentre Ubicado El Inmueble
Decreto 2882 de 1977 · Por el cual se reglamenta el numeral 3) del artículo 56 de la Ley 135 de 1961, con las modificaciones introducidas por el artículo 21 de la Ley 4 de 1973
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.