° A partir de la fecha del presente Decreto las estaciones de radiodifusión comercial, cultural y experimental, asi como las de aficionados, no podrán funcionar sino mediante un permiso especial expedido por el Ministerio de Correos y Telégrafos, y sus programas estarán sujetos a la autorización y revisión previas de dicho Ministerio o de los funcionarios que éste designe.
Decreto 1312 de 1948 →Vigente
Artículo 1
A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Las Estaciones De Radiodifusión Comercial, Cultural Y Experimental, Asi Como Las De Aficionados, No Podrán Funcionar Sino Mediante Un Permiso Especial Expedido Por El Ministerio De Correos Y Telégrafos, Y Sus Programas Estarán Sujetos A La Autorización Y Revisión Previas De Dicho Ministerio O De Los Funcionarios Que Éste Designe
Decreto 1312 de 1948 · Por el cual se toman algunas medidas sobre radiodifusión comercial, cultural y experimental
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.