Micelio

Artículo 1

Decreto 4070 de 1949 · Que confiere una autorización a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Por medio de la Sección de Provisión Agrícola, la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero podrá efectuar ventas al Ministerio de Agricultura y Ganadería hasta por un millón de pesos ($1.000.000) de maquinaria y equipos agrícolas, y hasta por quinientos mil pesos ($500.000) de semovientes, destinados a las labores propias de ese Despacho, y para ser cubierto el valor de esos suministros en cuotas anuales sucesivas, durante cinco (5) vigencias presupuestales, a partir de 1950.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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