Micelio

Artículo 21

Son Municipios: En La Intendencia Del Chocó: Quibdó, Istmina, Condoto, El Carmen, Nóvita, Tadó, Riosucio, Bagadó, Nuquí, Baudó Y Acandí

Decreto 2451 de 1943 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 2ª de 1943, sobre administración de las Intendencias y Comisarias

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 21. Son Municipios: En la Intendencia del Chocó: Quibdó, Istmina, Condoto, El Carmen, Nóvita, Tadó, Riosucio, Bagadó, Nuquí, Baudó y Acandí. En la Intendencia del Meta: Villavicencio, Restrepo y San Martín. En la Intendencia de San Andrés y Providencia: San Andrés, y En la Comisaría del Caquetá: Florencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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