Micelio

Artículo 65

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Servicios Especializados. Son funciones de la Dirección de Servicios Especializados, las siguientes

1.

Dirigir, ejecutar, supervisar, evaluar y responder por el funcionamiento de los servicios de policía que por su naturaleza, característica o modalidad exijan organización o tratamiento especial.

2.

Establecer la política, métodos y procedimientos en el manejo y funcionamiento de los servicios especializados a nivel nacional.

3.

Coordinar con el Director Operativo el funcionamiento de los servicios especializados en los departamentos de policía.

4.

Coordinar con entidades públicas o privadas la prestación de servicios.

5.

Informar al Subdirector General sobre el desarrollo de las actividades relacionadas con la administración y funcionamiento de los servicios especializados.

6.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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