Micelio

Artículo 13

Decreto 2257 de 1986 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VII y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a Investigación, Prevención y Control de la Zoonosis.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

INTEGRACION DE LOS CONSEJOS TÉCNICOS SECCIONALES DE ZOONOSIS. A nivel seccional funcionarán Consejos Técnicos Seccionales de Vigilancia y Control de Zoonosis, los cuales estarán integrados así

a)

Por parte del Servicio Seccional de Salud: - El Jefe del Servicio Seccional de Salud, quien lo presidirá, o su delegado. - el Jefe de la Sección de Veterinaria o de la Sección de Alimentos y Zoonosis según el caso, o su delegado. - El Jefe de la Sección de Vigilancia Epidemiológica. - el Jefe del Laboratorio Seccional de Salud. - Los funcionarios que se desempeñan como "Jefes de Zoonosis" en las ciudades de más de 1.000.000 de habitantes.

b)

Por parte del Instituto Colombiano Agropecuario: - El Jefe de Sanidad Animal en la respectiva capital de departamento, intendencia o comisaría. - El Jefe del Centro de Diagnóstico en la respectiva capital de departamento, intendencia o comisaría.

Parágrafo

Los Presidentes de los Consejos Seccionales a que se refiere este artículo, podrán invitar, cuando lo estimen conveniente, a representantes de otras entidades públicas y a particulares, con el fin de oír sus opiniones y conceptos en relación con materias sobre las cuales deba posteriormente decidir. CAPITULO III. DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA EN ZOONOSIS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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