º . Postulación . Los hogares que reúnan las condiciones establecidas en el artículo 7º del presente decreto podrán postularse al Inurbe de manera individual y/o colectiva, de acuerdo con la formulación del proyecto para obtener el subsidio familiar de vivienda en especie y su complementario en dinero. Para el caso de postulaciones colectivas exceptuándose los proyectos de reubicación, se deberán presentar el doble de postulantes correspondiente al número de soluciones a construir y para su calificación no se aplicarán los artículos 51 y 53 del Decreto 2620 de 2000. Cuando se trate de hogares con postulaciones aceptables en el Registro Unico Nacional de Postulantes que se encuentren solicitando el subsidio para la adquisición de una solución de vivienda nueva en los municipios donde se localicen los lotes del Inurbe, podrán actualizar la postulación para los proyectos de vivienda de que trata el presente decreto.
Decreto 933 de 2002 →Vigente
Artículo 6
Decreto 933 de 2002 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 3ª de 1991 y la Ley 708 de 2001.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.