Micelio

Artículo 2

De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 3° Del Decreto Numero 600 De 1942 (Marzo 5) El Banco De La República Queda Autorizado Para Contratos De Agencias Para Ventas De Sal, En Distintas Plazas Del País, Estipulando Condiciones Por Las Cuales Se Asegure Que El Precio De Venta De La Sal Al Consumidor No Excede Cinco Centavos ($0

Decreto 414 de 1943 · Por el cual se modifica el número 514 de 1942

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° Del Decreto numero 600 de 1942 (marzo 5) el Banco de la República queda autorizado para contratos de agencias para ventas de sal, en distintas plazas del país, estipulando condiciones por las cuales se asegure que el precio de venta de la sal al consumidor no excede cinco centavos ($0.05) la libra de 500 gramos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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